Izquierda Unida es un movimiento Político Social y Cultural de carácter anticapitalista que se conforma en una Organización, política y jurídicamente soberana, cuyo objetivo es transformar el sistema capitalista económico, social y político, y superar el patriarcado, en un sistema socialista fundamentado en los principios democráticos de justicia, igualdad, libertad, solidaridad, internacionalismo, democracia participativa respeto a la naturaleza y organizado conforme a un Estado Social y Democrático de Derecho republicano, laico, federal, plurinacional y solidario.

(Art. 1 Tïtulo I Estatutos IU)

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jueves, 26 de noviembre de 2015

Debates “a dos” o “a cuatro”, recurridos ante la Junta Electoral Central

(Madrid, 26 de noviembre 2015).- Izquierda Unida-Unidad Popular ha registrado hoy un escrito ante la Junta Electoral Central (JEC) a través del cual recurre la emisión de los debates electorales televisados de los que esta coalición ha sido excluida y que han sido ya anunciados públicamente para los próximos días 7 y 14 de diciembre, ya iniciada la campaña oficial de cara a los comicios del 20D.
 
El escrito, registrado Adolfo Barrena en calidad de representante general de la coalición ante la JEC, señala que la programación de este tipo de debates –tanto ‘a dos’ como a ‘cuatro’- “supone una clara vulneración del Art. 66 de la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) que determina el necesario respeto de los medios de titularidad pública a los principios de pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa”.
 
De igual modo, se añade que “y en el mismo sentido, para los medios de titularidad privada obliga al necesario respeto a los principios de pluralismo e igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa en la realización de debates y entrevistas electorales”.
 
Ante la situación planteada frente a los debates ya programados, Izquierda Unida-Unidad Popular solicita a la Junta Electoral Central “suspender la emisión de los debates anunciados” dado que “al excluir a esta fuerza política se están vulnerando los principios de pluralismo y neutralidad que establece tanto la normativa electoral como las reiteradas decisiones de esta JEC”.
 
De manera subsidiaria y “para el caso de no resultar estimada la anterior solicitud”, el escrito registrado hoy plantea una primera posibilidad: por un lado, “en caso de que se acuerde la celebración de los referidos debates, ampliar la participación en los mismos a los candidatos de IU (Coalición Unidad Popular), al ser la tercera fuerza política de ámbito estatal, con representación parlamentaria”.
Por otro, en el caso de que ésta última solicitud tampoco sea tenida en cuenta, se solicita también a la JEC “suspender la emisión de los debates anunciados, en tanto en cuanto no se produzca la debida comunicación a la Junta Electoral Central, por parte de aquellos medios de comunicación, tanto de titularidad pública como privada, que vayan a emitir los debates, de las medidas compensatorias (que deberán ser de igual naturaleza) que deben hacerse efectivas con el resto de fuerzas políticas que concurren a las próximas elecciones y que cuentan con representación parlamentaria, especialmente el caso de la coalición de partidos en que se integra Izquierda Unida (Unidad Popular). Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 66 de la LOREG”.
 
“Estas medidas -detalla el escrito- deberán ser presentadas por todos y cada uno de los medios de comunicación que emitan los referidos debates (a dos, a cuatro, y a tres). Instando, por tanto a todos los medios de comunicación al cumplimiento de lo dispuesto tanto por el artículo 66 de la LOREG, como por la Instrucción 4/2011 de 24 de marzo de la Junta Electoral Central, de manera que se garantice la igualdad de condiciones, la pluralidad y la proporcionalidad en la información a la que tienen derecho las formaciones políticas y el conjunto de ciudadanos a través de los medios de comunicación”.
 
Dentro del apartado de ‘alegaciones’ contenidas en la documentación que ya obra en poder de la Junta Electoral Central se recuerda que “como reiteradamente tiene acordado la JEC, no existe impedimento legal para la celebración de debates electorales entre las distintas entidades políticas concurrentes al proceso electoral en los medios de comunicación, si bien la celebración de dichos debates deberá hacerse respetando el pluralismo político y social y la neutralidad informativa, y por tanto sin detrimento del derecho de acceso a los debates de las candidaturas que cuenten con representación parlamentaria y que deseen participar en los mismos (Ac 5 de junio de1989)”.
 
“De los principios que contiene el artículo 66 de la LOREG -se explicita- deriva la necesidad de exigir el respeto a la adecuada proporcionalidad entre las entidades políticas con representación parlamentaria en el acceso a los espacios informativos y a la programación ordinaria durante el período electoral, de manera que en cuanto en la programación del medio en alguno de los mismos se hubiera lesionado dicha proporcionalidad se debe facultar a la entidad política de que se trate dicho acceso (Ac 11 de mayo de 1995)”.
 
De igual forma, el escrito que firma Adolfo Barrena constata que “a la vista de que en anteriores procesos electorales las medidas compensatorias o correctoras acordadas por la Junta Electoral Central en reiteradas resoluciones no se han cumplido por los medios de comunicación o se ha hecho de forma insuficiente e ineficaz, esta Junta Electoral debiera no sólo acordar la ejecución de las mismas, sino garantizar que se emiten de forma que compensen el desequilibrio derivado por la celebración de este tipo de debates excluyentes. Es decir, en el caso de no incluir a IU (Coalición Unidad Popular, integrada por IU y otros partidos) en los debates anunciados y en otros que pudieran realizarse, la Junta Electoral debe garantizar no sólo que las medidas compensatorias se ejecutan, sino que se ejecutan de forma que equilibran la participación de IU (Unidad Popular) y el resto de partidos. Para ello, es necesario poder expresar su opinión en un formato similar de debate o entrevista en la misma franja horaria de forma que se preserven los principios de pluralismo y neutralidad que establece tanto la normativa electoral como las reiteradas decisiones de esta JEC”.
 
Al margen del contenido del escrito, y como valoración, Barrena muestra su confianza en que “la Junta Electoral Central, teniendo en cuenta decisiones anteriores y, también, decisiones adoptadas por el Tribunal Supremo en citas electorales previas, como la de 2008 dando la razón a IU en sus planteamientos, dé muestras de su sensibilidad ante nuestras demandas. Esto sería un paso muy importante para el normal desarrollo de una campaña en la que todas las candidaturas sean tratadas bajo el principio del pluralismo político y social”.

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